Derecho Registral e Inteligencia Artificial: una colaboración necesaria.

Derecho Registral e Inteligencia Artificial: una colaboración necesaria.

Elaborado por Glenn Román Salazar

Resumen

El presente estudio desarrolla una descripción del tema de la inteligencia artificial en general y cómo esta tecnología de razonamiento automatizado se ha ido implementando en diversas actividades humanas. Se detalla su influencia en el área de las ciencias sociales y cómo se ha usado hasta el momento en materia jurídica. Se exponen cuáles son las ventajas de su eventual uso en derecho registral, tal como asumir las tareas automatizadas, la disminución en la cantidad de errores de inscripción y las facilidades de acceso a la información que puede brindar al .

Se presenta un panorama futuro sobre las limitaciones en la aplicación de la inteligencia artificial en la inscripción registral, ya que existe cierta desconfianza en el público al aceptar que ciertas valoraciones tradicionalmente efectuados por seres humanos, las pueda asumir un ordenador; también se evalúa la futura posibilidad que al equipararse los parámetros internacionales en la aplicación de la inteligencia artificial, esto pueda permitir la interconexión entre los registros de diversas naciones; igualmente se evalúan temas como la responsabilidad objetiva y subjetiva que derivan de la registración y la manera en cómo el pensamiento autónomo informático varía la distribución de estas cargas. Se concluye valorando la posibilidad de que la inteligencia artificial sea capaz de sustituir las labores humanas relativas a la inscripción registral.

I. ¿Qué es la inteligencia artificial?

Para quienes no pertenecemos al ambiente de las ciencias informáticas, cualquier referencia a la inteligencia artificial es de significado desconocido. Así que hay que retroceder aún más para desarrollar el concepto. En su definición más elemental, consideramos inteligencia a la capacidad de comprender o entender alguna situación. Bajo esta óptica, se ha discutido si esta facultad es exclusiva del ser humano, y existen muchos científicos que defienden la inteligencia animal, ya que algunas especies tienen una alta capacidad de aprender, razonar y resolver ciertos problemas (Russell & Norvig, 2016).

Con el altísimo desarrollo tecnológico iniciado a partir del siglo anterior y la aparición de los primeros ordenadores que permitían realizar operaciones muy básicas de naturaleza matemática, estos aparatos, otrora de dimensiones gigantescas, se fueron perfeccionando y reduciendo hasta el punto en el cual un teléfono móvil de nuestra época supera por mucho las computadoras que enviaron por primera vez a los seres humanos a la Luna en 1969 (Moravec, 1999). Este desarrollo informático ha generado que cada vez más las máquinas fabricadas puedan procesar a enorme velocidad grandes cantidades de datos sin intervención externa (Big Data) y, guiadas por ciertos parámetros prediseñados, puedan filtrar la respuesta o obtener ciertas conclusiones para que un ser humano las interprete (Machine Learning). Este tipo de acciones generadas por una máquina han llegado a tal nivel de desarrollo que han surgido varias clasificaciones sobre el tema.

Los especialistas en la materia dividen la inteligencia artificial entre las máquinas que piensan como humanos o las que sientan como nosotros (feelware). Existen otras

clasificaciones que fraccionan la inteligencia artificial entre la sección débil, reactiva o generativa, en donde los ordenadores responden a consultas formuladas por los usuarios conforme a ciertos comandos predefinidos en su fabricación; la sección llamada de inteligencia artificial fuerte, donde la máquina ha desarrollado tal capacidad de resolución de situaciones de igual manera que lo haría un ser humano (Bostrom, 2014) siguiendo el esquema comprensión-decisión-aprendizaje. Todavía superior se habla de un tercer tipo llamado ASI (Artificial Super Intelligence) o Súper Inteligencia Artificial donde estos mecanismos superarían la capacidad humana de razonamiento.

Actualmente, los chatbots y sistemas como Siri o Alexa corresponden a la aplicación de la inteligencia artificial generativa, pues siguen órdenes guiadas por comandos humanos y responden bajo ciertos parámetros prediseñados, limitándose básicamente a seguir las instrucciones dictadas.

Ahora bien, estos sistemas están también programados para emitir sugerencias y recomendaciones, tal como ocurre en las redes sociales como Facebook,

Instagram o similares, donde, bajo la aplicación de algoritmos complejos, rastrean para mostrar al usuario videos, comentarios o temas que por similitud serán de interés para el cibernauta.

Este tipo de inteligencia artificial ha llegado a tal nivel que supondrá en un futuro cercano que llegará a ser IA fuerte, etapa en la que el ordenador podrá igualar o superar el intelecto humano, con todas las implicaciones filosóficas, éticas y hasta morales que ello conlleva (Shalev-Shwartz & Ben-David, 2014). Estas alertas ponen a las autoridades nacionales y agrupaciones internacionales a buscar soluciones conjuntas que brinden respuestas comunes a situaciones compartidas entre los usuarios del internet.

Bajo esta óptica es como recientemente la Unión Europea publicó la Ley de Inteligencia Artificial, que entró a regir entre los estados miembros a partir del 1 de agosto anterior. Esta normativa es la primera en su clase a nivel mundial y pronto será un modelo para compartir con el resto de los países del orbe (European Commission, 2021). Este modelo normativo, conjuntamente con la creación de los correspondientes órganos reguladores, toma el riesgo como el punto de partida para clasificar los diferentes niveles de sistemas de inteligencia artificial y desarrollar su utilización.

Así tenemos que la inteligencia artificial de bajo riesgo no tendrá regulación que cumplir, salvo ciertas reglas a las que voluntariamente quieran someterse sus creadores. En los siguientes niveles de inteligencia artificial de riesgo medio y alto requerirán una autorización del órgano regulador para que el desarrollador del sistema pueda comercializarlo. Entre las prohibiciones que se establecen por su interferencia o manipulación del ser humano, quedan vetados aquellos sistemas de inteligencia automatizada que manipulen subliminalmente el comportamiento de sus usuarios, actuando de manera tal que, en uso pleno de sus capacidades, no tomarían una determinada decisión; que se aprovechen de personas socialmente vulnerables, tales como personas discapacitadas, en grupos sociales de riesgo o similares; también no serán permitidos aquellos sistemas que efectúen clasificaciones sociales o inferencias para discriminar a ciertos grupos de manera injustificada; por último, se prohíben los algoritmos para reconocimiento biométrico a distancia que sin fundamento se utilicen sobre la población.

A contrario sensu y con miras de utilizar las bondades de los sistemas de inteligencia artificial, sí está permitida su utilización con fines policiales y médicos, entre otros temas,ya que la ley parte de la aplicación del principio de autonomía de la voluntad, limitando, regulando y prohibiendo aquellas aplicaciones que traten temas sensibles o que vulneren derechos fundamentales del ser humano: es decir, fija las prohibiciones, considerando que lo no regulado está permitido.

II.  ¿Qué usos posee actualmente la Inteligencia Artificial?

Hay muchos usos generalizados de la inteligencia artificial de bajo riesgo que usamos todos los días y están tan arraigados en nuestro quehacer que no tomamos conciencia de su influencia. ¡Quién no ha realizado compras por internet!

Desde la adquisición de entradas para observar nuestra película favorita hasta los asistentes virtuales en las páginas de compras, incluyendo ayudantes que sugieren contraseñas seguras cuando creamos un usuario en una página de internet, pasando por los bloqueos automáticos de programas maliciosos que se actualizan para evitar ataques cibernéticos. Todos estos son ejemplos y aplicaciones prácticas de la inteligencia artificial (Russell & Norvig, 2016).

Las áreas de aplicación de este tipo de tecnología son innumerables y abarcan los temas más diversos de la convivencia humana. En ciencias de la salud, existen diversos ámbitos tales como el análisis de datos masivos de pacientes, uso de robots desarrollados para cirugías, bots para diagnósticos de enfermedades según le sean descritos los síntomas, revisión e interpretación de imágenes médicas, entre otras muchas funcionalidades (Topol, 2019).

En aspectos de finanzas, el análisis masivo de gigantescos grupos de datos es indispensable; el uso de Big Data es un brazo fundamental. También ayuda en la detección de fraudes al identificar movimientos sospechosos, permite analizar los mejores escenarios para realizar inversiones y sugiere a los clientes dónde realizarlas. Todo este tipo de movimientos con la rapidez actual era impensable hace menos de tres o cuatro lustros (Marr, 2016).

La inteligencia artificial en el área educativa es ampliamente utilizada para asuntos tan diversos como la redacción de trabajos de estudiantes, revisión de investigaciones por parte de docentes, análisis masivo de datos del alumnado y resolución de exámenes.

Sin embargo, también presenta un lado oscuro, como la detección del fraude en la elaboración de documentos, un problema cada vez más común (Luckin et al., 2016).

En materia de transporte, el conocimiento automatizado permite la utilización hoy día de automóviles autónomos, gestionar el tránsito vehicular, y el uso de aplicaciones para llegar a nuestro destino y facilitar el transporte público (Fagnant & Kockelman, 2015).

En las áreas de comercio e industria, la inteligencia artificial ha llegado como un gran aliado para simplificar y volver más eficientes los procesos productivos, facilitando el comercio electrónico y su mercadeo. También permite analizar información masiva de clientes para elaborar estudios de mercado, intuyendo preferencias de clientes y hasta diseñando campañas de consumo (Davenport & Ronanki, 2018). ¡Quién no ha sido atendido por un bot al efectuar una compra digital!

En la industria del entretenimiento, su uso masivo crea desde películas completas, reproduce efectos casi mágicos en los videos, mejora la imagen humana de actores que interactúan con el sistema inteligente, reproduce y mejora la calidad del audio y, desde luego, analiza las preferencias de los consumidores (Bakhshi et al., 2015).

En asuntos de seguridad, la inteligencia artificial permite analizar escenarios de diversas amenazas tanto físicas como virtuales, revisar en tiempo real cámaras de seguridad extrayendo material para análisis, y proteger nuestras computadoras de ataques cibernéticos. Todo esto sumado permite incluso diseñar políticas públicas de seguridad (Brundage et al., 2018).

En el área de ciencias sociales, específicamente en tópicos jurídicos, es fascinante cómo ha revolucionado el quehacer diario. Permite la investigación continua de eventos sociales a gran escala, la interpretación masiva de datos y ayuda con el análisis de poblaciones y sus interacciones. En temas jurídicos, especialmente facilita la revisión y redacción de contratos y textos jurídicos de diversa índole, así como el estudio masivo de sentencias para verificar líneas jurisprudenciales y la automatización de ciertos procedimientos (Susskind, 2019).

III. ¿Cómo se puede utilizar la inteligencia artificial en materia registral?

Las respuestas son múltiples y variadas. Siempre que se somete a registración un documento en cualquiera de nuestros países, el título pasa por una revisión minuciosa de los datos generales que contiene, tales como: 

  • La habilitación del notario
  • El uso de mecanismos de seguridad del documento que contiene el negocio jurídico (sea físico o digital)
  • Los datos de los participantes en los documentos, tales como:
    • Estado civil
    • Identificación
    • Domicilio físico
    • La intervención y revisión de la habilitación de representantes de personas jurídicas (en su más diversa conformación)
    • La verificación de que los entes participantes cumplan con disposiciones estatales tales como estar al día con tributos, pago de cargas por seguridad.

La automatización también facilita la revisión de datos de los bienes registrales, que son un poco más complejos, pero que varían dependiendo del tipo de contrato, tales como:

  • Matrícula de bien inmueble y sus especificaciones
    Matrícula de bien mueble y sus especificaciones
    Matrícula de persona jurídica y sus características
  • Matrícula de bien sujeto a propiedad intelectual y sus características (industrial o derechos de autor) (Pérez & López, 2020).

Todo este tipo de procesos registrales, en mayor o menor medida, están en camino de automatizarse, pero aún son verificados manualmente en gran medida en todos nuestros países. Con la implementación del conocimiento autónomo, es posible que en un futuro no tan lejano, lo realicen ordenadores que por su capacidad, puedan dar el visto bueno para proceder con el análisis de fondo del negocio jurídico que contiene el título sometido a revisión (Binns, 2018).

El análisis de fondo del título registral es otro tema más escabroso, pues al ser relativo a la aplicación de legislación específica sobre aspectos extremadamente complejos, la inteligencia artificial no tiene aún ni la aprobación ni tampoco la capacidad de análisis y resolución de problemas (por ahora) de esa índole (Susskind & Susskind, 2015). Un contrato de arrendamiento, una compraventa, una prenda o hipoteca, cualquiera de estos convenios puede ser analizado por sistemas de inteligencia artificial y brindar una respuesta al registrador; pero otro tema trascendental y muy delicado es ¿de quién es la responsabilidad en una inscripción? (Wagner, 2019).

IV. Responsabilidad registral derivada de la inscripción

Es un aspecto vital de la comunidad notarial y registral delimitar quién es el responsable de los eventuales daños o perjuicios de una inscripción errónea. Los beneficios doctrinalmente de una inscripción correcta son muchos:

  • Depuración del convenio notarial
  • Publicidad hacia terceros
  • Respaldo estatal de la inscripción
  • Desarrollo de la economía de mercado con los bienes inscritos
  • Auge del mercado de seguros
  • Seguridad jurídica de los bienes inscritos
  • Ingresos al fisco
  • Atracción de inversiones
  • Generación de empleos (Gómez, 2021).

Todos estos beneficios derivan directamente de la inscripción registral: es notable tener conciencia de que la labor registral es un motor gigante que mueve la economía de mercado de nuestras naciones y todo depende directamente de la correcta labor de los encargados de ejercer una correcta registración, casi siempre perfecta. Pero ¿qué ocurre si hay un error en lo inscrito?

Para ello, a muchos se nos exige rendir garantías suficientes para ejercer nuestras labores y, aun así, el Estado normalmente brinda respaldo para las actuaciones. En otras situaciones, seguros comerciales coadyuvan para que, en el caso de que ocurra un siniestro en materia de seguros en vía registral, estos respalden por una responsabilidad personal del funcionario o registrador autorizado. Todo esto sin perjuicio de una eventual responsabilidad objetiva del Estado autorizante de las labores del registrador (Insolera, 2020).

Esta tipología de ideas va dirigida a cuando el registrador es una persona física, pero ¿qué ocurriría si parte de la labor registral la realiza un sistema de inteligencia artificial autorizado por el Estado? La responsabilidad objetiva del Estado aumenta en la medida que la responsabilidad personal del registrador disminuye, siendo una relación de proporción inversa entre ambos sujetos. Es decir, si quien registra no tiene participación en parte del proceso de verificación del título, no debería ser responsable de la sección que una inteligencia artificial realizó, por haberse aminorado su intervención (López, 2019).

Por el contrario, el Estado que autoriza y promueve los enormes beneficios de la inscripción registral siempre estará atado como sujeto procesal al cumplimiento de responsabilidad objetiva, pues debe satisfacer el interés público derivado del derecho a

proteger la propiedad de los bienes de su ciudadanía (Sánchez, 2022). Así, sea que la registración la efectúe una inteligencia artificial parcialmente o no, el Estado será siempre parte afectada en caso de un daño o perjuicio derivado de una incorrecta inscripción.

La responsabilidad de la inscripción no puede recaer totalmente en un mecanismo autónomo: debe existir una vigilancia continúa realizada por un ser humano conocedor de la materia, es decir, un supervisor de la inteligencia artificial designado siempre por el Estado (Martínez, 2020). Esta línea de pensamiento es la que subyace al Reglamento Europeo de IA: no se admite que la máquina suplante al ser humano en sus responsabilidades, aunque sí puede realizar ciertos procedimientos. El hecho de admitir una libertad completa y absoluta del pensamiento autónomo en los sistemas informáticos nos llevaría a considerar que los registradores ya no serían necesarios, lo cual los filósofos modernos no aprueban: la máquina sigue siendo un sistema diseñado para servir al ser humano y no al revés (García, 2021).

Lo indudable es que la inteligencia artificial, como toda tecnología, vino para quedarse: los procesos de registración podrán variar, pero siendo que la responsabilidad de la inscripción es personalísima en el agente del registrador y el Estado que lo autoriza para sus labores, sigue siendo indelegable para efectos de terceros (Fernández, 2020).

La confrontación por el fondo de los negocios jurídicos que posee un título sujeto a calificación registral, por su alto grado de complejidad, puede no ser analizable por la inteligencia artificial: existen enormes variables y escenarios que el pensamiento automatizado puede evaluar, pero, dado que en todos los sistemas jurídicos, en mayor o menor medida, se admite la discrecionalidad en la actuación administrativa o la justificación jurídica argumentativa en la toma de decisiones, esto limita la interferencia

del ordenador, no siendo posible dar una respuesta adecuada en todos los aspectos de un caso determinado (Bermúdez, 2022).

V. ¿Qué beneficios puede brindar la inteligencia artificial a la registración?

Es claro que los bienes y servicios son la base de una economía de mercado saludable y dinámica, bajo la cual se genera riqueza y prospera la sociedad (Smith, 2020). Bajo esta óptica, la masificación en los servicios registrales en general puede ser impulsada por la inteligencia autónoma. ¿Cuántos hemos comprado un certificado por internet de nuestros bienes? La respuesta afirmativa es una meta común de nuestros países. Esto lo realizan sistemas autónomos, igual que comprar una entrada al cine (García, 2021).

El acceso rápido a la información de los administrados por un Estado agiliza el mercado: es posible realizar transacciones libremente sin tener que depender del factor humano, siendo un tema automatización de los servicios. Esto promueve la libertad de comercio, permitiendo a los agentes económicos el desplazamiento de capital bajo el amparo del sistema (Pérez, 2019). Este tipo de disponibilidad de la información de manera simple es especialmente útil en las transacciones más básicas del mercado, pero no contempla o sustituye el papel asesor que un notario o un agente de bienes raíces puede brindar dentro del mundo registral (López, 2020). En movimientos más complejos, donde la oportunidad y criterio discrecional se imponen, un factor meramente humano, la inteligencia artificial aún tiene serias limitaciones (Sánchez, 2022).

Otro aspecto donde la inteligencia artificial puede colaborar mucho es en la disminución de los errores de inscripción. Al volverse automatizada la información extraída de diversas fuentes para conformar un asiento registral, se disminuye el riesgo del error: el

uso de bases de datos confiables que interconecten información de los registros civiles, migratorios, hacendarios y de seguridad social, entre otros, excluye o al menos disminuye la posibilidad de equivocación (Martínez, 2021). También aminoran el tiempo de inscripción, pues en aquellos registros donde la información es ingresada manualmente aún, ya no se hará más. Claro es que el registrador debe realizar una labor supervisora y cerciorarse de que el ordenador efectuó correctamente la inscripción. Por este último aspecto, es donde radica la enorme responsabilidad del funcionario –persona física– a cargo (Fernández, 2020).

La automatización también facilita la revisión de datos sencillos y otros más complejos de los bienes sujetos a transacciones: esto abarca desde los sujetos intervinientes hasta la descripción de los objetos del contrato, siendo una aplicación práctica de un silogismo más desarrollado que verifica información más detallada (Bermúdez, 2022). Estos subprocesos ahorran tiempo significativo en la calificación registral, permitiendo que el registrador analice con mayor amplitud los negocios jurídicos que, por temas de fondo, requieren una valoración más profunda (Insolera, 2020).

VI. ¿Qué desventajas provienen de la inteligencia artificial en materia registral?

Por temas de control y responsabilidad en conjunto con aspectos morales y éticos, los doctrinarios no solo del área jurídica se oponen a la idea de que el ser humano sea sustituido por el pensamiento autónomo de los ordenadores (González, 2020). Bajo esta perspectiva, se pretende mantener el uso de la inteligencia artificial en el estatus generativo, es decir, en un nivel donde se mantiene bajo control de un supervisor humano las actuaciones del pensamiento autónomo (López, 2021).

Los filósofos modernos estiman que, aunque técnicamente es posible, no se debe permitir a los desarrolladores de la inteligencia artificial implementar sistemas de razonamiento automatizado fuerte, en los cuales el computador puede igualar y eventualmente superar el pensamiento humano (Martínez, 2022). En este caso, sí existiría la posibilidad de sustituir a las personas en sus ideas y acciones (Fernández, 2020).

Acá es donde el debate se vuelve álgido: si bien la inteligencia artificial es una herramienta tecnológica al servicio de la humanidad, como aprendiz de nuestras ideas y pensamientos, nunca debe superar a su desarrollador, invirtiendo los papeles (Pérez, 2019). Ahora bien, al analizar el futuro del razonamiento autónomo, hay que considerar que es un sistema hiperdesarrollado de procesamiento de datos y, como tal, no es lo mismo poseer conciencia que tener razonamiento (Sánchez, 2021). Con la conciencia tomamos decisiones usando los datos disponibles, pero la información por sí misma no es suficiente para tomar la decisión; existen criterios de oportunidad y valoraciones subjetivas que condicionan y justifican las actuaciones (García, 2020). En este punto, una decisión no se basa en lógica pura sino en la discrecionalidad del actor.

Por ello, una parte del desarrollo de la inteligencia artificial no está dirigido al pensamiento humano, sino más bien a que la máquina sienta como ser humano, que pueda experimentar sensaciones que son la base de nuestro vivir diario (Bermúdez, 2021). Bajo este enfoque, las decisiones serían tomadas basadas en emociones, no en razones.

Esta serie de consideraciones nos lleva a evaluar la desconfianza que, en general, produce el desarrollo de la inteligencia artificial fuerte: muchos seres humanos admiten que esto podría afectar a niveles muy profundos la misma existencia de la población

(Insolera, 2020). La eventual pérdida de control sobre el sistema como consecuencia de una autonomía desmedida y la sustitución de los seres humanos, también generaría un desplome en la mano de obra, ya que muchas empresas han automatizado sus procesos productivos con máquinas que utilizan inteligencia artificial, aumentando la tasa de desempleo y con ello la pobreza (Cruz, 2022). También se ha meditado sobre la vulneración de datos personales y la invasión a la privacidad de las personas que una inteligencia fuerte podría efectuar, y si esto es controlado por corporaciones y gobiernos, pone en entredicho el uso de la información para controlar a los pueblos (López, 2021).

Estos aspectos también ponen en alerta y llevan a pensar en los límites éticos y legales que un sistema de inteligencia artificial fuerte debe tener para evitar una intromisión y manipulación de la información registral (Martínez, 2022). Desde un punto de vista informático, ¿qué es un registro? Una enorme base de datos, ni más ni menos. Desligando todos los procesos cognitivos que conlleva para los notarios y registradores la inscripción, el resultado final es un asiento registral: una unidad de información dentro de una base de datos gigantesca (González, 2020).

Esta visión nos lleva a meditar sobre los controles antihackeo que deben poseer nuestros registros: ¿qué impide a un cibercriminal desarrollar un sistema de inteligencia artificial que vulnere nuestros asientos registrales? Por fortuna y en contraposición, también el pensamiento autónomo se usa para proteger nuestros bienes y hasta la identidad que tenemos inscrita (Sánchez, 2021).

Estos panoramas suenan desalentadores si nos centramos en ellos, pero también es necesario pensar en las bondades (que ya disfrutamos) que existen en el uso futuro de la inteligencia artificial (Pérez, 2019).

VII. Registros interconectados

Es lo normal en este punto de la civilización informática que los registros definidos y delimitados por leyes de cada país solamente publiciten ciertos datos obtenidos de los sujetos o sus bienes, conforme a cierta circunscripción territorial (Castells, 2010; Zuboff, 2019). ¿Qué ocurriría si un sistema de inteligencia artificial permitiera equiparar a nivel informático los registros de nuestros países, interconectando las bases de datos y brindando información de los sujetos y corporaciones a nivel global? Esta visión utópica era inimaginable hace pocos años, pero con los métodos actuales en el desarrollo de la inteligencia artificial, es un objetivo posible (Brynjolfsson & McAfee, 2014). Solo es necesario retroceder en el tiempo y observar cuando los registros eran departamentales o provinciales en algunos de nuestros estados, pero hoy día están enlazados para brindar en tiempo real la última información de bienes, sujetos y contratos (Marr, 2018).

Así, el fisco de nuestros países puede rastrear los bienes y capitales, cobrando los impuestos fugados de sus territorios; las fiscalías podrían perseguir la legitimación de capitales y el crimen organizado transnacional (Susskind, 2020). Se podrían hipotecar bienes en otros países y ejecutarlos en caso de un eventual incumplimiento mediante este tipo de mecanismos globales (Katz, 2019).

El trabajo remoto de los nómadas digitales actuales es posible hoy día, gracias al desarrollo de la inteligencia artificial: los sistemas de labores actuales no requieren la presencia física de los funcionarios, siendo necesaria únicamente una labor de supervisión para denegar o aceptar las gestiones (Schmidt & Rosenberg, 2014). La trazabilidad de casi todo bien o servicio en nuestros días podría accesarse desde cualquier terminal y en cualquier parte del mundo. Igual puede hacerse con los registros: de hecho, la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual ya maneja este tipo de bases de datos transnacionales para protección y estudios de los derechos, bienes y servicios que están bajo la cobertura de esta materia registral (WIPO, 2021). ¿Y cómo se logra esto? A través de inteligencia artificial versión generativa (Kaplan & Haenlein, 2019).

VIII. ¿En qué punto está la registración actual?

Es común en todos nuestros países que parte de la inscripción registral en general está automatizada en cuanto a su publicidad, dejando por fuera de este aspecto la calificación registral, la cual, por un tema legal y de responsabilidad administrativa, el Estado aún delega a funcionarios para que ejerzan una labor de control, no solo usando silogismos en su análisis (Katz, 2019), sino que también enmarcan sus decisiones en juicios de valor combinados con criterios de oportunidad (Susskind, 2020). Allí es donde toma relevancia el tema.

Hay que sopesar la tradición registral y las nuevas tecnologías. El derecho, como materia de estudio en ciencias sociales, se transforma, adaptándose a los tiempos (Castells, 2010). Las ciencias jurídicas son parte inherente, indispensable e inseparable de las reglas de conducta que permiten a una sociedad civilizada sobrellevar los retos diarios. El derecho registral ha cobrado una fama innegable durante los últimos dos siglos, ubicándose como rama jurídica sin la cual la economía de mercado no podría subsistir (Marr, 2018).

Bajo esta tesis, el avance tecnológico ha sido una herramienta que ha agilizado el tránsito de los bienes inscritos, de manera tal que hoy día se realizan muchas más transacciones que hace unos cuántos años (Brynjolfsson & McAfee, 2014). Esta dinamización del mercado fomenta el desarrollo mediante la inversión interna y externa, promoviendo el desarrollo de la producción, mejorando los ingresos e intentando que la distribución de la riqueza dentro de la sociedad sea más equitativa (Schmidt & Rosenberg, 2014).

La implementación de sistemas digitales en nuestros registros permite que la integración de la inteligencia artificial sea una creciente realidad, acelerando la calificación registral en aquellos aspectos donde la mera confrontación de datos efectivamente puede ser realizada por un ordenador (Kaplan & Haenlein, 2019), siempre dejando a salvo los temas de análisis de fondo y toma de decisión final, por un asunto de responsabilidad, deben de estar a cargo de un registrador.

Recientemente en Costa Rica, mediante Decreto Ejecutivo (44401-MJP 5 de abril del 2024), se implementó como única vía de acceso a los instrumentos públicos notariales lo que internamente se conoce como Ventanilla Digital. Este sistema permite una celeridad tremenda para que los notarios ingresen a la corriente registral en cuestión de minutos los documentos autorizados. Así, mediante el uso de la firma digital, los cartularios remiten sus documentos a los distintos registros, minutos luego de haber sido firmados por las partes (WIPO, 2021).

El ahorro de materiales físicos y especialmente en el factor tiempo permitirá una calificación registral y eventual inscripción (si el título no tiene impedimento que interfiera) de un día hábil en caso de que no exista trabajo acumulado. Esta celeridad en las transacciones permite la movilidad de los capitales en cuestión de horas y con todo el respaldo estatal que cubre la registración oficial, permitiendo que los mercados de bienes

inscritos sean más dinámicos y democratizando el acceso de la información al usuario (Susskind, 2020).

La digitalización de nuestros registros es la clave que permitirá, dentro de un futuro muy cercano, la inscripción registral enlazarse con la inteligencia artificial generativa, mediante la cual el registrador conservará la decisión de fondo de la inscripción del título y, con ello, la responsabilidad seguirá siendo suya. Esto hará aún más evidente la tremenda responsabilidad que sobre los hombros de los registradores recae, dejando en manos de un análisis automatizado ciertas funciones que hoy, tradicionalmente, se realizan manualmente (Brynjolfsson & McAfee, 2014).

No implica esto la desaparición de la función registral, más bien es un robustecimiento de la actividad pero con miras a generar mayor dinamismo y, por consiguiente, riqueza para nuestros países (Marr, 2018). Este paso hacia la digitalización también abre la posibilidad para que eventualmente la información registral pueda ser compartida entre nuestros gobiernos y, como se mencionó en líneas previas, la posibilidad de inscripciones transnacionales, como se proyectó, por ejemplo, con la iniciativa de la hipoteca centroamericana (12 diciembre del 2007).

Este es un claro ejemplo de que este tipo de transacciones entre registros que comparten principios y leyes similares pueden realizarse con la estandarización de procedimientos, muchos de los cuales se ven acelerados por el uso de sistemas de razonamiento autónomo (Katz, 2019). De manera semejante y paralela, así como estos mecanismos integrados permiten la registración conjunta entre los países, también arrojan datos muy interesantes de movimiento de inversiones, adquisición de activos, expansión comercial y rastreo de capitales para efectos fiscales y hasta de persecución penal en caso de irregularidades (Schmidt & Rosenberg, 2014).

El manejo integrado regional de la información registral permitiría estos avances, ideas que en otro tiempo serían impensables. Claro está que se requiere una amplia voluntad política para que este tipo de proyectos lleguen a buen destino (Castells, 2010). El manejo de la información inscrita, pensemos, no solo se limita a los bienes registrables: también se ha manejado la posibilidad, especulativa y momentáneamente, de integrar la información de los registros civiles y hasta de personas jurídicas, permitiendo como resultado el acceso a información oficial de los sujetos en el mundo por parte de entidades estatales (WIPO, 2021). Es necesario recordar que el amplio uso de redes informáticas en internet tiene, con mayor o menor medida, enlistada toda esta información de manera no oficial.

Este tipo de bases de datos extraoficiales existen en todas las páginas web que visitamos y el sistema las usa para mejorar nuestra experiencia de navegación (Kaplan & Haenlein, 2019). En suma: la equiparación internacional de los sistemas de registración de los países es una realidad que vendrá tarde o temprano; existen diversos ejemplos como la hipoteca centroamericana o el sistema integrado de personas jurídicas europeo (BRIS: Business Registers Interconnection System – Sistema de Interconexión de los Registros Mercantiles) donde se conjuntan informática y jurídicamente los asientos de inscripción, lo cual, si bien requiere impulso político de los gobernantes, son planes futuros que solo podrían redundar en beneficios para los administrados (Susskind, 2020).

IX. ¿Quién será el responsable de lo inscrito?

La respuesta tiene dos aristas para responder: la subjetiva y la objetiva como parte del mismo tema.

¿Quién es subjetivamente responsable de lo inscrito? Si bien la inteligencia artificial puede suplir en cierto grado el proceso de registración, no es admisible que se brinde una libertad absoluta de hacerlo todo: la decisión final debe ser comandada por el registrador humano, como supervisor en jefe del sistema. Estos métodos de pensamiento autónomo, aunque bien podrían suplantar completamente en su versión más desarrollada al funcionario a cargo, deben limitarse para que la autorización final, previa revisión de lo actuado por el ordenador, sea ejecutada por un registrador designado. “La supervisión humana es esencial para garantizar la precisión y la ética en los procesos automatizados” (Smith, 2020).

Siguiendo la visión del reglamento europeo, si se autoriza usar sistemas de pensamiento autónomo en los procedimientos de inscripción, el desarrollador deberá tener en cuenta que debe reservarse la decisión final del juicio de valor al humano, impidiendo que la máquina realice todo hasta el último paso: esto, por consiguiente, mantendrá dentro de la esfera personal del registrador la responsabilidad por lo actuado, siguiendo el esquema y enfoque tradicional-doctrinario que informa esta rama jurídica (Martínez, 2019).

Por otro lado, la responsabilidad objetiva del Estado por actuaciones normales de la administración sigue vigente, sea que la registración la asuma un humano o un sistema de inteligencia artificial (total o parcialmente). Esto es así ya que, como la inscripción de los bienes de los sujetos está reservado al Estado, este monopolio asegura que también la responsabilidad la debe asumir este ente. “El Estado tiene la responsabilidad última sobre las inscripciones, independientemente de la automatización del proceso” (González, 2018). Aunque el Estado contrate o permita a una empresa privada desarrollar un sistema de inteligencia artificial para inscribir, esto no elimina el deber de elegir correctamente y de vigilar de manera constante la eficacia de los procesos de registración. Desde este ángulo, lo que la doctrina denomina como responsabilidad objetiva estatal (derivado del derecho administrativo), no se pierde, sino que más bien se refuerza. Se refuerza, pues se vuelve casi ineludible admitir como propio cualquier inconsistencia que pueda cometer el pensamiento autónomo (Rivas, 2021).

La mayor variante que acarrea el uso de la inteligencia artificial en los procesos de inscripción radica en la distribución de las cargas laborales: el peso más amplio de la calificación registral puede asumirlo el sistema, haciendo de menor exigencia física e intelectual la autorización de la registración. Acá es necesario tener más que claro que no deben colocarse dentro del mismo espacio los temas de responsabilidad y de necesidad: en una sociedad todos somos necesarios y útiles (en todos los ámbitos laborales), pero no poseemos el mismo nivel de responsabilidad. Sin afán de discriminar, la responsabilidad que asumimos los registradores por nuestras labores diarias es de vital importancia para el bienestar social y desarrollo de las economías en nuestros países. “La integridad del sistema registral es fundamental para la estabilidad económica, y cualquier interrupción puede tener consecuencias graves” (Hernández, 2022). Pensemos que si nuestros registros detuvieran su maquinaria, el mercado se colapsaría en poco tiempo, pues el crédito se vería obstruido al no inscribirse las garantías, al noinscribirse los representantes de empresas, al no existir transacciones de bienes, en fin, un caos sustancial.

X. ¿Podría la inteligencia artificial sustituir al registrador?

De previo a asumir este reto futurista y de primera entrada la respuesta es negativa: la labor de la calificación registral es tan amplia y tan compleja que, hecha la consulta sobre este particular a diversos chats de inteligencia artificial para la elaboración de este artículo, se negaron a asumir estas funciones (Bennett, 2022; Dreyfus, 2019). Arguyen temas de complejidad en las normas, asimetría en la legislación para aplicar las mismas soluciones a casos similares (Schmidt, 2020), dispersión normativa, choques espacio- temporales en la aplicación de las normas, posibles antinomias y problemas en la interpretación de los conceptos (Luhmann, 2017).

Este tipo de situaciones impiden de momento que los sistemas de pensamiento autónomo asuman las labores propias de un registrador. Sin embargo, tal respuesta queda limitada en el futuro inmediato, dejando a salvo que en unas cuantas décadas más y siempre que brindemos la libertad a los desarrolladores, estos métodos de análisis automatizados lleguen a realizar ciertas funciones de manera casi idéntica al registrador (Susskind, 2020).

Lo que nunca debe perderse como punto final de estas reflexiones es que no es recomendable ni debe permitirse que algún sistema de inteligencia artificial suplante al registrador; esto se logra limitando su autonomía desde el inicio, restringiendo en sus comandos raíz la posibilidad que ejecute por sí mismo la inscripción: al final, la historia de la informática demuestra que si fue una herramienta fue desarrollada por seres humanos, es falible (Turkle, 2017) y que también nos enseña que si alguna idea es posible, es programable.

Los sistemas de inteligencia artificial ya están entre nosotros y no es nueva su aparición, solo que de repente se han vuelto más evidentes por su alto desarrollo y capacidad de respuesta (Brynjolfsson & McAfee, 2014). La pregunta para los registradores no es cuándo llegará hasta nuestras labores, sino más bien, cómo nos podremos beneficiar con su implementación en nuestros quehaceres, sabiendo que son herramientas tecnológicas que vinieron para quedarse (Bessen, 2019).

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