Sí, los Abogados y Notarios Públicos deberán adoptar, financiar y recibir capacitaciones anuales en materia de ALA/CFT/CFP, incluyendo a sus empleados.
En caso de contar con estos y si los mismos desarrollaran actividades en materia de prevención del LA/FT/FP; además de aquellas que la DGCIP imparta.
Para ello, se le sugiere que se capacite con especialistas en la materia.
Y que sea su formación permanente, continua, actualizada, adecuada y ajustada a su perfil operacional dentro del sector en que opere el Abogado y Notario Público y a sus riesgos de LA/FT/FP.
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